A la hora de elegir un local para montar un negocio tenga muy en cuenta los siguientes consejos:

  1. Actividad anterior común. Si la actividad que se desarrollaba en el local coincide con la nuestra, las adecuaciones deben ser, a priori, mucho menos importantes. Si además el local ya dispone de licencia de apertura para esa actividad, la tramitación se simplificará a un simple cambio de titularidad, con menores costes y requisitos, tanto técnicos como administrativos.
  2. Certificado o boletín de las instalaciones. Si el local no tiene sus instalaciones correctamente ejecutadas y legalizadas y no dispone de los boletines o certificados de instalación (electricidad, fontanería, etc.), el proceso se alargará considerablemente ya que, entre otras posibles complicaciones más o menos evitables, será necesario contratar a instaladores autorizados y gestionar el alta con las compañías de suministro.
  3. Entrada adaptada para minusválidos. Todo local cuya entrada se realice a través de un desnivel igual o superior a 5 centímetros requiere la ejecución de una rampa de acceso. Aunque existen casos en los que puede justificarse la imposibilidad técnica de su construcción, un local con escaleras o desniveles importantes es, en principio, desaconsejable.
  4. Aseos adaptados para minusválidos. En función de la actividad y de la superficie del establecimiento, se requerirán o no aseos de uso público. De ser exigidos, al menos uno debe estar adaptado para minusválidos. No todos los establecimientos permiten esta adaptación. Un aseo para minusválidos debe tener unas dimensiones tales que en su interior pueda inscribirse una circunferencia de 150 centímetros de diámetro, además, el espacio encerrado en esta circunferencia no debe ser barrido por la puerta ni tener en su vertical piezas sanitarias. Es muy recomendable mirar los aseos de unas grandes superficies de nueva construcción para ver un aseo correctamente realizado, la primera impresión será que es inmenso.
  5. Puertas de acceso adecuadas. Como mínimo, las puertas que sirvan de acceso y las que se hallen en los recorridos de evacuación previstos en caso de incendio, deben tener una anchura de 80 centímetros. Las hojas no deben tener menos de 60 centímetros de ancho ni más de 120. Los locales que requieran aislamiento acústico (bares con música, pubs, discotecas, etc.) requerirán doble puerta. Al elegir un local se debe prever que, si las puertas existentes no son adecuadas, la instalación no suponga una obra considerable o indeseada.
  6. Situación adecuada. Ciertas actividades, consideradas molestas, no pueden instalarse en cualquier lugar. Antes de alquilar un local o una nave conviene preguntar en el departamento de urbanismo o de medioambiente del ayuntamiento sobre la viabilidad de instalar nuestra actividad en el local o nave que nos ha interesado.
  7. Aislamiento acústico. Para la instalación de actividades ruidosas (pubs, discotecas, etc.) es necesario que el establecimiento cumpla unos requisitos de aislamiento acústicoadecuados. En función del emplazamiento del establecimiento y de los usos de los locales y zonas adyacentes, las exigencias técnicas serán más o menos severas. Por ejemplo, un establecimiento en el que se quiera montar un pub que esté en un bajo con viviendas en su planta superior requerirá un aislamiento acústico mayor que uno que no las tenga.
  8. Altura mínima 220 centímetros. La normativa sobre accesibilidad exige esta altura mínima libre. Existen casos específicos aun más restrictivos por lo que los locales con techos altos siempre serán una mejor elección que permiten mayor flexibilidad para instalar aislamientos acústicos, techos registrables, instalaciones de climatización…
  9. Vestíbulos y pasillos amplios o fácilmente modificables. La normativa sobre accesibilidad exige que en los vestíbulos pueda inscribirse una circunferencia de 150 centímetros de diámetro no barrido por las hojas de las puertas. Además, el ancho mínimo libre de los pasillos debe ser 120 centímetros con alteraciones puntuales de longitud inferior a 50 centímetros debidas a soluciones estructurales que sobresalgan, siempre que dejen un paso mínimo de 0,90 metros de ancho.
  10. Plazo de cortesía. Con este nombre me refiero al periodo de tiempo que podemos pactar con el arrendador del establecimiento para que nos permita pagar un precio menor por el alquiler durante la realización de las obras de adecuación.